13 Dic 2024 - Edición Nº2789
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EL TECLADO | La provincia  Miercoles 04 de Enero del 2023 - 15:00 hs.                671
  La provincia   04.01.2023 - 15:00   
SALUD
De qué trata la ley por la que el gobierno compra los geles de lubricación íntima
Reglamentada el pasado 1 de diciembre del 2022, la ley propone un abordaje integral desde la salud colectiva para el VIH, hepatitis virales, tuberculosis y otras infecciones de transmisión sexual y busca brindar contención e información para derribar prejuicios y situaciones de discriminación.
De qué trata la ley por la que el gobierno compra los geles de lubricación íntima
Por: El Teclado

“Estamos gestionando, cumpliendo la ley y cuidando a nuestra población. La compra de elementos de prevención y cuidado de la salud sexual no es algo nuevo. Siempre se hizo y todos los insumos tienen que ser proveídos por el Estado. Nada sorprende. Mal informan y confunden”, expresó el ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, en medio de los cuestionamientos de la oposición de Juntos por la compra de gel de lubricación íntima. 

Se trata de la Ley nacional N° 27675, de respuesta integral al VIH, hepatitis viral, otras infecciones de transmisión sexual y tuberculosis, que fue reglamentada el pasado 1 de diciembre del 2022, y que fuera aprobada en el Congreso de la Nación en junio del año pasado por amplia mayoría.

En este sentido, el capítulo VI, artículo 21 inciso j) de la Ley nacional N° 27.675, establece “la disponibilidad y accesibilidad a insumos, materiales preventivos, medicamentos y vacunas para la prevención del VIH, hepatitis virales, otras ITS y TBC”, lo que significa la compra de gel de lubricación íntima. 

“Los geles lubricantes íntimos son insumos que se compran históricamente desde el Ministerio de Salud de Nación y Provincia, porque son un elemento necesario para la salud sexual de las personas. Se ha puesto en duda la utilidad del gel para evitar la rotura del preservativo en las prácticas sexuales, lo cual está corroborado por informes como el OPS que no son cuestionables, sobre la variabilidad  del porcentaje de rotura que va de un 3 a un 21% en contraposición si uno usa lubricante en determinadas las prácticas sexuales", explicó en Radio Provincia la directora de Prevención de VIH, ITS y Hepatitis Virales del Ministerio de Salud, Lida Santa Cruz.



Como bien publicó El Teclado el 4 de diciembre del 2022, la norma actualiza la legislación en la materia -la anterior es de agosto de 1990- y significa un cambio de paradigma: contempla la realización de campañas para la prevención y detección de la infección, incorpora un enfoque de géneros y de derechos humanos e incluye prestaciones de seguridad social para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

Propone, además, que toda prueba para detectar esas patologías deberá ser voluntaria, gratuita, confidencial y universal, a la vez que promueve la creación de un régimen de jubilación especial, de carácter excepcional para quienes transiten las enfermedades de VIH y hepatitis B o C, así como una pensión no contributiva de carácter vitalicio para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social. 

De este modo, quienes acrediten al menos diez años desde el diagnóstico de la enfermedad y 20 años de aportes jubilatorios, pueden solicitar la jubilación a partir de los 50 años. 

El proyecto también promueve la capacitación, investigación, difusión de campañas masivas y la conformación de una Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, otras ITS y Tuberculosis, integrada de forma interministerial e intersectorial por representantes de los organismos estatales, sociedades científicas y organizaciones de la sociedad civil con trabajo en estas patologías.

También se propone un Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación, con el objetivo de visibilizar, documentar, disuadir y erradicar las vulneraciones a los derechos humanos de las personas afectadas. [El Teclado]



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