8 Ago 2025 - Edición Nº3027
La Plata, Bs As      22 ºC
EL TECLADO | Legislatura  Jueves 07 de Agosto del 2025 - 09:17 hs.                215
  Legislatura   07.08.2025 - 09:17   
ELECCIONES 2025
La Justicia revocó la medida que habilitaba la candidatura de Facundo Tignanelli
El tribunal consideró prematura la intervención del juez de Familia que autorizó al legislador a postularse para un nuevo mandato. Aún resta la definición de la Junta Electoral sobre su situación frente al límite constitucional de reelecciones.
La Justicia revocó la medida que habilitaba la candidatura de Facundo Tignanelli
Por: El Teclado

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata dejó sin efecto la medida cautelar que permitía a Facundo Tignanelli (Fuerza Patria) presentarse como candidato a diputado provincial por la tercera sección electoral. El fallo, encabezado por la jueza Claudia Milanta y acompañado por sus pares Diego Ucín y Roberto Mora, revocó la decisión adoptada durante la feria judicial por un juzgado de Familia de Quilmes.

La controversia surgió cuando, al intentar cargar su candidatura en el sistema de la Junta Electoral bonaerense, a Tignanelli se le denegó la postulación con el argumento de que ya había sido reelecto por al menos dos mandatos consecutivos, lo que está prohibido por la Ley 14.836, modificada por la Ley 15.315. Ante esta situación, el actual legislador interpuso una acción de amparo y obtuvo una medida cautelar favorable, que obligaba a la Junta a aceptar su postulación provisoriamente.

La Fiscalía de Estado apeló esta resolución, y ahora la Cámara resolvió que el juez de primera instancia se adelantó indebidamente, ya que la Junta Electoral aún no había emitido un pronunciamiento formal sobre la habilitación o no de la candidatura. Según el fallo, esto vulneró el principio de “caso judicial” y cercenó las atribuciones propias del órgano electoral.

En sus fundamentos, la jueza Milanta sostuvo que el juez de Familia se anticipó al dictar una medida que condicionaba la actuación de la Junta Electoral, sin esperar una resolución concreta del organismo. Además, aclaró que la leyenda que apareció en el sistema informático al momento de la carga no puede considerarse una decisión formal de la Junta.

“La orden judicial anticipó un pronunciamiento que corresponde, en primer término, a un órgano constitucional como la Junta Electoral”, expresó el fallo, remarcando la necesidad de preservar el curso institucional del procedimiento y no interferir en funciones aún no ejercidas.

Con esta resolución, la candidatura de Tignanelli queda a la espera de una definición formal por parte de la Junta Electoral provincial, que deberá expedirse antes del viernes 9.30 cuando sea la presentación de Boletas.  [El Teclado]

RESOLUCIÓN 


  Temas relacionados
FACUNDO TIGNANELLIELECCIONES 2025


COMENTÁ LA NOTA
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.