4 Jun 2025 - Edición Nº2962
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EL TECLADO | El país  Lunes 02 de Junio del 2025 - 14:35 hs.                150
  El país   02.06.2025 - 14:35   
JUSTICIA
La Justicia declaró inconstitucional el decreto que limita el derecho de huelga
“Nos querían hacer retroceder un siglo en materia de derechos laborales y no pudieron. Esto es un golpe para un Gobierno antidemocrático y un avance trascendental para todos los trabajadores”, sostuvo Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
La Justicia declaró inconstitucional el decreto que limita el derecho de huelga
La Justicia declaró inconstitucional el decreto que limita el derecho de huelga

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3 resolvió admitir la viabilidad formal de la acción de amparo presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra el Decreto 340/25 que pretende limitar el derecho a huelga. A su vez,  hace lugar a la medida cautelar pedida por la CGT, que consideró que el decreto firmado por Milei “atenta contra la libertad sindical, violando el derecho de huelga que establece el Convenio 87 de la OIT y nuestra Constitución”.

Nos querían hacer retroceder un siglo en materia de derechos laborales y no pudieron. Esto es un golpe para un Gobierno antidemocrático y un avance trascendental para todos los trabajadores. Los estatales tenemos que pensar en seguir profundizando nuestro plan de acción. La batalla es en la calle, es judicial y es cultural”, indicó Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

La resolución de la jueza nacional Moira Fullana también hace lugar a la medida cautelar peticionada y suspende provisoriamente los efectos del artículo 3° del DNU.

“Nadie puede sorprenderse con esta decisión judicial. Estamos frente a un decreto que es manifiestamente inconstitucional. El derecho de huelga es el derecho humano fundamental que tenemos los trabajadores. Esta resolución comprueba que tenemos un Gobierno que todos los días ataca la institucionalidad en nuestro país y reduce los espacios democráticos en los que debiéramos convivir”, agregó el referente estatal. 

“Queremos destacar el trabajo del equipo jurídico del sindicato que no dudó en ningún momento y reaccionó a tiempo para defender en el plano judicial uno de nuestros principales derechos”, concluyó Rodolfo Aguiar. 

Por un lado, la jueza entiende que el único titular de la función legislativa, es decir el Congreso Nacional, se encuentra realizando sesiones ordinarias y que, por lo tanto, no había necesidad, urgencia o una situación grave de perturbación económica, social o política que habilite la reglamentación vía DNU de un derecho fundamental como el de huelga.

La jueza también encuentra acreditado el peligro en la demora, ya que el decreto podría conculcar el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical, es decir el derecho de huelga, que tienen la más amplia garantía legal y supralegal (en el plano internacional).



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