7 Oct 2024 - Edición Nº2722
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EL TECLADO | La provincia  Miercoles 11 de Septiembre del 2024 - 07:49 hs.                603
  La provincia   11.09.2024 - 07:49   
PROVINCIA
La reacción de los intendentes ante la decisión de Milei de prohibir cobrar tasas junto con los servicios
"Si sos coherente deberías dejar de cobrar y retener -compulsivamente- el IVA, ganancias y todos los impuestos que cobra el estado nacional. Hacé que los pague el que quiera, sin retenciones obligatorias. Te haces el libertario con la ajena", señaló, por ejemplo, el castellense Francisco Echarren
La reacción de los intendentes ante la decisión de Milei de prohibir cobrar tasas junto con los servicios

Tras el anuncio

Importante! ????

LOS MUNICIPIOS YA NO PODRÁN INCLUIR IMPUESTOS Y TASAS EN LAS FACTURAS DE SERVICIOS.

Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y…
pic.twitter.com/jyld9jSCkE

— totocaputo (@LuisCaputoAR) September 10, 2024 " target="_blank">realizado anoche vía redes sociales, el ministerio de Economía hizo oficial este martes la prohibición del cobro de tasas municipales incluídas dentro de otros productos o servicios.

"Con el transcurso del tiempo se ha ido transformando en una práctica generalizada, para una gran cantidad de proveedores en el mercado, la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor", señala el texto de la resolución que lleva la firma del ministro Luis "Toto" Caputo.

Y agrega que esa práctica "configura no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que importa también una clara violación a la libertad de elección del consumidor, garantías que ostentan rango constitucional en nuestro ordenamiento jurídico".

Así las cosas, a partir de ahora los proveedores de bienes y servicios solo podrán incluir en sus comprobantes conceptos estrictamente relacionados con el bien o servicio contratado por el consumidor, prohibiéndose la inclusión de cargos adicionales o ajenos a lo acordado.

La normativa también hace referencia a la disposición N.º 137/2024 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, que destaca la necesidad de protección especial para los consumidores en situación de vulnerabilidad, quienes suelen enfrentar mayores dificultades para comprender y reclamar ante este tipo de prácticas.

Dentro de la medida también se advierte que "el incumplimiento de esta normativa implicará sanciones conforme al régimen de penalidades establecido por la Ley N.º 24.240. Las sanciones pueden incluir multas y otras medidas coercitivas dirigidas a garantizar el respeto a los derechos de los consumidores". 

LOS INTENDENTES SALIERON AL CRUCE


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