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  El país   19.01.2022 - 18:00   
CORONAVIRUS
Cuándo pueden volver al trabajo los contagiados de covid o contactos estrechos
El ministerio de Trabajo emitió una serie de recomendaciones realizadas por Salud para el retorno al trabajo en el marco de la pandemia por el coronavirus.
Cuándo pueden volver al trabajo los contagiados de covid o contactos estrechos
Cuándo pueden volver al trabajo los contagiados de covid o contactos estrechos

Mediante la resolución 27/2022, el ministerio de Trabajo dirigido por Claudio Moroni puso en conocimiento las recomendaciones elaboradas por el ministerio de Salud para el regreso al trabajo de contagiados de coronavirus o quienes hayan sido contactos estrechos.

CASOS CONFIRMADOS DE COVID

Los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de covid19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:

  •  Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:
  1. A los 10 días de la fecha de inicio de síntomas
  2. Para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
  • Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):
  1. A los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos),
  2. cumpliendo en los 3 días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.

CONTACTOS ESTRECHOS

Los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:

  • Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis):

    1. A los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado
    • Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de DOS -2- dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días:
    1. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales,
    2. Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente)
    3. Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.
    4. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
    • Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de 14)días de la última aplicación:
    1. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
    2. Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).
    3. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

    En sus fundamentos, la resolución que lleva la firma de Claudio Moroni establece que "ante el acelerado aumento de casos de COVID-19 registrados en las últimas semanas en la mayoría de las jurisdicciones del país, el avance de la vacunación y la dinámica epidemiológica, en particular respecto de las altas de quienes han superado la enfermedad, el ministerio de Salud ha elaborado nuevas recomendaciones para el regreso al trabajo".

    Y agrega: "En función a ello, resulta conveniente en esta instancia poner en conocimiento de los sujetos de las relaciones laborales y de los actores sociales las recomendaciones elaboradas por el ministerio de Salud, con el fin de garantizar la salud y bienestar de todos los trabajadores y las trabajadoras y dar un marco de certeza de las relaciones laborales en el marco epidemiológico actual". [El Teclado]


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