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EL TECLADO | El país  Martes 21 de Diciembre del 2021 - 17:01 hs.                1024
  El país   21.12.2021 - 17:01   
JUDICIALES
Revés judicial para Carlos Tévez: deberá pagar el Aporte Solidario
El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario.
Revés judicial para Carlos Tévez: deberá pagar el Aporte Solidario
Carlos Tévez deberá pagar el Aporte Solidario

El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario implementado mediante la ley 27.605 en 2020 para ayudar a morigerar los Efectos de la Pandemia de Covid-19.

Según publica la agencia Télam, el fallo señala que "cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública es menester demostrar prima facie -y sin que ello implique un prejuzgamiento de la cuestión de fondo-, la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible".

Entre los fundamentos, se recuerda que "la procedencia de las medidas cautelares se halla condicionada a que se acredite la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita, y el peligro en la demora, que exige que la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que la actora aguarda de la sentencia a pronunciarse en el proceso principal iniciado o a iniciarse, no pueda, en los hechos, realizarse, es decir, que a raíz del transcurso del tiempo los efectos del fallo final resulten prácticamente inoperantes".




La presentación realizada en su momento por los abogados del exfutbolista, indicaba que "el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbiendo el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos".

LA LEY

El Aporte fue sancionado por el Congreso de la Nación con carácter de emergencia y por única vez. Siendo sus objetivos primordiales la equidad y la solidaridad, alcanza a aquellas personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones de pesos.

La fecha a considerar para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020. 

La ley generó recursos por más de 247 mil millones de pesos, utilizados ya en un 73 por ciento.  [El Teclado]


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