26 Abr 2024 - Edición Nº2558
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EL TECLADO | El país  Lunes 23 de Agosto del 2021 - 17:34 hs.                4030
  El país   23.08.2021 - 17:34   
TRANSPORTE
Los micros cama ejecutivo y suite podrán tener plena ocupación de sus butacas
Así lo dispuso el ministerio de Trasporte de la Nación. Las categorías “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite”, de los servicios de larga distancia, las unidades podrán tener plena ocupación de sus butacas

Este lunes el Ministerio de Transporte, a través de la Resolución 289, estableció que en las categorías “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite”, de los servicios de larga distancia, las unidades podrán tener plena ocupación de sus butacas. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) continúa fiscalizando a partir de sus protocolos y comenzará a verificar esta nueva medida de capacidad en los vehículos. 

“Tomando en cuenta la dinámica de la situación epidemiológica y de acuerdo fue avanzando la campaña nacional de vacunación contra el coronavirus, definimos junto al Ministerio de Transporte de Nación los nuevos parámetros de flexibilización en cuanto a la cantidad de pasajeros que utilizan el transporte terrestre en el ámbito nacional apoyando el Plan de Recuperación de Actividades,” expresó José Arteaga, director ejecutivo de la CNRT.




Cabe recordar, que la semana previa, a través de las Disposiciones 698/2021 y 699/2021, el Comité de Crisis de Prevención COVID-19 para el transporte ferroviario y automotor, creado bajo la órbita de la CNRT, definió, según la evolución de la pandemia, los nuevos protocolos de acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Transporte para reforzar las medidas destinadas a la higiene, desinfección y prevención en las unidades, cabeceras y terminales.

Servicios interurbanos de pasajeros de transporte automotor y ferroviario

Para los vehículos de transporte automotor interurbano categorías “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite” las unidades podrán tener plena ocupación de sus butacas, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie.

El resto de las categorías y el transporte ferroviario interurbano de pasajeros continuarán limitando su capacidad de ocupación al 80% de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie. 

Servicios urbanos de pasajeros de transporte automotor y ferroviario

Para los servicios públicos de transporte automotor urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, pudiéndose ampliar hasta 20 pasajeros de pie, ante el exceso de demanda y en los horarios de mayor requerimiento del servicio.

Mientras que los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros metropolitanos y regionales de jurisdicción nacional deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, y hasta 4 pasajeros parados por metro cuadrado en los espacios libres disponibles según el tipo de coche correspondiente a cada formación.

En los principales puntos estratégicos del país, la CNRT continúa controlando el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención permitiendo que el transporte no sea un eventual medio de contagio y, así, brindar a toda la población una mayor seguridad en las rutas y vías del país.

Se recuerda que cada empresa debe extremar las condiciones de higiene en las unidades, cabeceras y terminales, y controlar la temperatura de los conductores y conductoras. A su vez, durante el viaje se deberán mantener la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertas, y los pasajeros y pasajeras deberán usar obligatoriamente elementos de protección permanente que cubran nariz, boca y mentón. 


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