24 Abr 2024 - Edición Nº2556
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EL TECLADO | El país  Martes 27 de Abril del 2021 - 19:00 hs.                820
  El país   27.04.2021 - 19:00   
INFORMACIÓN GENERAL
La AFIP reintegra 973 millones de pesos a monotributistas y autónomos por cumplidores
La medida, consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año. Alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual.
La AFIP reintegra 973 millones de pesos a monotributistas y autónomos por cumplidores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reintegrará más de $973 millones a monotributistas y autónomos que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito. El beneficio al cumplimiento alcanza a más de 484 mil pequeños contribuyentes de todo el país: 399 mil monotributistas y 85 mil autónomos.

La medida, consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año. Alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual. Las personas beneficiadas recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual. El pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores

Aquellos contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11, ambas inclusive. 

El monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal.

El reintegro se suma a distintas medidas implementadas por la AFIP para monotributistas y autónomos. Con el objetivo de amortiguar el impacto económico de la pandemia, el organismo canalizó más de 600 mil Créditos a Tasa Cero y habilitó los beneficios para pequeños contribuyentes previstos en la Moratoria 2020. Asimismo se suspendieron las bajas de oficio y las exclusiones del monotributo. 

El beneficio está contemplado por el Decreto 1/2010 y la Resolución General 4309/2018.


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