Si tenés pensado viajar, tenés que saber que cada provincia tiene su propio protocolo para permitir el ingreso de turistas, en el marco de la pandemia por el coronavirus. Conoce los requisitos actualizados al 1 de diciembre.

Provincia de Buenos Aires

La actividad turística en la provincia de Buenos Aires se habilitará desde el 1º de diciembre de 2020 hasta el 4 de abril de 2021. Quien desee vacacionar en la Provincia durante ese período deberá contar con el Certificado Verano.

El mismo podrá ser tramitado con una antelación no menor a cinco (5) días corridos en la app CuidAR o en argentina.gob.ar/verano.

En el primer caso el certificado podrá ser exhibido desde el teléfono celular personal del usuario y, en el segundo, deberá llevarse impreso.

Cuando el viaje sea efectuado por el grupo familiar, se requerirá un único certificado donde constará la información sobre cada uno de los integrantes de dicho grupo.

¿Qué información me solicitarán para tramitar el Certificado Verano?

  • DNI
  • Municipio de salida y municipio de destino.
  • Fecha de salida y de retorno.
  • Lugar de alojamiento con opción de adjuntar un comprobante, aunque no es obligatorio.
  • Medio de transporte.
  • Personas que componen el grupo conviviente durante el período de vacaciones.

El certificado tiene carácter de declaración jurada y es el único requisito que establece el Gobierno de la provincia de Buenos Aires para viajar durante la temporada. Los municipios podrán disponer de condiciones adicionales, por lo que es aconsejable consultar previamente la página web del municipio de destino.

Chaco

Solicita que los vuelos hacia esa provincia sean a partir del 25 de octubre.
Se requiere que quien quiera hacer uso de tal opción obtenga el permiso provincial propuesto en el programa denominado “Volver a Casa” ingresando a la página https://gobiernodigital.chaco.gob.ar/login.
Limitaciones propias del art. 11 del DNU N° 792/20. Además, el horario de llegada a la provincia deberá respetar la alarma sanitaria establecida, la cual es entre las 7 y 21 hs.

Chubut

Presta conformidad y no informa requisitos.

Córdoba

Presta conformidad a que los servicios de transporte, tanto aéreo como terrestre, ingresen al territorio de la provincia de Córdoba.
Requisitos para abordar un vuelo con destino la provincia de Córdoba:
Los pasajeros que pretendan usar estos servicios deberán portar el “CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN – EMERGENCIA COVID-19” y/o el instrumento sustitutivo o complementario que la normativa vigente requiera.
Descargar la APP Cuidar y proceder al correcto llenado y actualización de los datos requeridos por la misma, incluyendo la declaración Jurada por COVID 19.

Corrientes

Los pasajeros deberán solicitar el ingreso a la provincia de Corrientes el permiso, trámite online a través del sitio web https://permisos.corrientes.gob.ar/permisos
Requisitos: motivo de la solicitud del permiso, DNI, número de trámite de DNI, nombre y apellido, fecha de nacimiento, mail, teléfono, resultado negativo por PCR menor a 48 hs. En caso de no contar con PCR menor a 48 hs. El pago vía online de un testeo por los medios electrónicos que el sistema pone a disposición del requirente, control éste que se realizará en el lugar de ingreso.

Jujuy

Los pasajeros deben contar con Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID19 y descargar la APP CIUDAR.
Los pasajeros sin residencia en JUJUY deben poseer obra social que tenga prestación en dicha prov. o en caso contrario contratar un seguro de viajero

La Pampa

Para ingresar a la provincia utilizando los servicios de transporte aéreo se deberá:

- Presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19.
- Presentar el Certificado de Autorización de Ingreso a la provincia, que es único e intransferible y deberá tramitarse en el portal web https://permisos.lapampa.gob.ar/. La autorización sólo será otorgada a quien sea personal considerado esencial o que deba realizar tratamientos médicos.
Cumplir con las siguientes condiciones:
- Se deberá acreditar y visar el permiso de ingreso a previo al embarque, por personal autorizado de la Casa de La Pampa.
- Podrán ingresar al territorio de la provincia por 72 horas.
- Estarán eximidos de realizar cuarentena, pero no podrán sociabilizar.
- En el caso de que la estadía se prolongue por más de 72 horas y previo al reinicio de su actividad, deberán cumplir con el aislamiento sanitario preventivo y obligatorio de catorce días en alguno de los hoteles habilitados.
- Todos los gastos (alojamiento, alimentación y/o cualquier otra erogación que se demande), estarán a cargo exclusivamente de las personas involucradas que deseen ingresar a la provincia.
- Excepcionalmente, la autoridad provincial correspondiente, podrá autorizar que el aislamiento sanitario preventivo y obligatorio de catorce días se realice en un domicilio particular. Para ello, previa a la autorización excepcional, se debe verificar las condiciones socioambientales y de uso de la vivienda indicada

La Rioja

Presta conformidad para reanudación de servicios aéreos a partir del 19 de octubre.
Informa que se realizará control médico obligatorio en el Aeropuerto de LA RIOJA a los pasajeros al momento de su llegada.
Además, se solicita que los pasajeros cuenten con certificado de PCR o Test rápido de antígenos con resultado negativo menor a 72 hs.

Mendoza

Presta conformidad con la mayor cantidad de frecuencias que la logística dispuesta en conjunto con las empresas permita, y con las personas que necesiten o pretendan viajar a la provincia por motivo alguno.

Misiones

Solicita con prontitud, autorizar la apertura progresiva del Aeropuerto de Iguazú, pensando a futuro en el turismo de cabotaje dentro del país.
Se requiere certificado de COVID-19 negativo menor a 48 hs. Y en caso de no contar con el mismo se deberá realizar el Test rápido de COVID-19 o PCR bajo su exclusivo gasto.
Toda persona que ingrese al territorio provincial deberá utilizar los mecanismos electrónicos de geolocalización y auto test establecidos.

Neuquén

Vuelos restringidos únicamente para pasajeros de actividades esenciales; personas en tratamiento médico, o repatriados con domicilio en la Provincia del Neuquén que tengan como destino final alguna de las 7 (siete) localidades que registran transmisión comunitaria de COVID-19 en la Provincia.

- Requisitos para pasajeros: Deberán portar Certificado de Circulación “CUIDAR” para actividades esenciales, y/o constancia de turno médico, someterse a control de síntomas (temperatura) antes de la partida y al arribo del vuelo. Las aerolíneas deberán presentar listado nominalizado de pasajeros y tripulación que incluya datos de contacto; y ubicación de los mismos dentro del vuelo. Los repatriados deberán acreditar domicilio en Neuquén.
- Se deberá buscar un esquema de programación de los vuelos que evite la superposición de las frecuencias en la llegada y en la partida; a fin de evitar aglomeración de personas en el Aeropuerto de la Ciudad de Neuquén.
- Requisitos para pasajeros: Deberán portar Certificado de Circulación “CUIDAR” para actividades esenciales, y/o constancia de turno médico; someterse a control de síntomas (temperatura) antes de la partida y al arribo del vuelo. Las aerolíneas deberán presentar listado nominalizado de pasajeros y tripulación, que incluya datos de contacto; y ubicación de los mismos dentro del vuelo. Los repatriados deberán acreditar domicilio en la Provincia del Neuquén.

Rio Negro

A partir del 4 de diciembre de 2020 quienes deseen ingresar a Río Negro en un vuelo proveniente de otra jurisdicción deben:
- Obtener el permiso CirculaRN aprobado: los usuarios deben registrarse y solicitar el permiso en la web https://circulacionrn.rionegro.gov.ar hasta 72 horas antes del viaje. Debe solicitarse un permiso por grupo familiar, imprimir el comprobante o mostrar el permiso aprobado en la app CirculaRN.
- Presentar la declaración jurada de salud, confeccionada con un máximo de 24 horas previas al viaje. El formulario se encuentra al pie del permiso aprobado.

Salta

Para ingresar a la provincia es necesario presentar:
- DNI.
- Certificado de circulación – coronavirus Covid-19.
- Permiso de ingreso de particulares con residencia en la provincia de Salta (RUIS). En el caso de ingresos humanitarios y sanitarios (asistencia a persona mayor, estar en situación de calle adonde se encuentren quienes necesiten volver, ser trabajador golondrina, repatriados del extranjero, retorno luego de culminar tratamiento médico en otra provincia, por fallecimiento de familiar directo, estado grave de un familiar directo, asistencia a menores en riesgo) se puede ingresar con un permiso especial en lugar del RUIS.
- Una declaración jurada sobre las condiciones sanitarias de la persona en la cual certifique estar libres de síntomas compatibles con COVID-19 y no haber tenido contacto estrecho con un paciente positivo en los últimos 14 días previos al ingreso a la Provincia.

Además, es necesario descargar la app SaltaCovid o cargar sus datos en la web

Están autorizados a ingresar y deben cumplir con 14 días de aislamiento en domicilio las personas que realicen transporte de cargas e ingresen para descansar (el aislamiento puede interrumpirse a pedido de la empresa en el día 7), los residentes de zonas 1 y 2 y los ingresos sanitarios y humanitarios (salvo dificultad o urgencia).
No requieren aislamiento en domicilio las personas consideradas esenciales, los que ingresan para realizar alguna actividad, los que realizan transportes de cargas (ingreso laboral ni los que ingresen a descansar en las zonas 3 y 4).
Toda persona que cuente con IgG positivo está exenta de realizar aislamiento de ingreso a la provincia con vigencia por noventa días.

San Juan

Se requiere para el ingreso a la provincia el certificado de PCR negativo menor a 72 hs., exceptuando los menores de 6 años que no están obligados a presentar dicho certificado.
Además, se exige exhibir CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN-EMERGENCIA COVID19 o poseer la APP CIUDAR.
Cumplir estrictamente con lo previsto en el PROTOCOLO PROVINCIAL COVID19 según el tipo de transporte utilizado.
Además, se solicita la reanudación de los servicios entre SAN JUAN y BUENOS AIRES que prestaba AEROLINEAS ARGENTINAS SA conforme la programación que la misma empresa realiza.

San Luis

Se presta conformidad para personal esencial y razones de salud.
Para los pasajeros que ingresen/egresen de la provincia será requisito indispensable, portar con la autorización de ingreso/egreso gestionada a través de www.sanluis.gov.ar/coronavirus/ la que deberá ser acreditada y visada previo a embarque por personal autorizado.
Es obligación inexcusable de la empresa prestataria del servicio de transporte verificar el estricto cumplimiento del presente protocolo, antes del embarque de cada pasajero, en caso de incumplimiento, será responsable de los daños y perjuicios que pudiere generar, debiendo además regresar al pasajero al lugar de origen y asumiendo todos los gastos y costos que ello implique.
Se solicita autorización para que en la zona de pre embarque de la línea área, se faculte la presencia de una persona de nuestra jurisdicción (recurso humano aportado por la Provincia) a fin de fiscalizar los requisitos establecidos en el protocolo, previo al embarque del pasajero, siendo indispensable para efectuar el correspondiente control.

Santa Cruz

La ANAC autorizó para noviembre el ingreso de dos frecuencias semanales a Río Gallegos y El Calafate, según lo recomendado por el Ministerio de Salud de la provincia de Santa Cruz.

Estas frecuencias están sujetas a la autorización mediante aplicación provincial y la capacidad de garantizar el control y aislamiento de los pasajeros por 14 días en un hotel o dispositivo de aislamiento certificado por el Comité Operativo de Emergencia (COE) de cada localidad.

Previo al traslado a la provincia los pasajeros deben tener:
- Certificado Único de Circulación Nacional COVID-19.
- Permiso provincial emitido en circulacion.santacruz.gob.ar – Transporte Público Nacional Aéreo y Terrestre.
Declaración jurada de circulación y permanencia del Ministerio de Salud

La provincia no requiere un PCR negativo previo al traslado.

Santa Fe

En base a criterios epidemiológicos, los factores de riesgo potencial de contagio y conforme al artículo 2º de la Resolución 221 del Ministerio de Transporte de la Nación-, se determinaron las siguientes condiciones y requisitos a cumplimentar por cada pasajero:
1- Se autoriza a viajar a la Provincia de Santa Fe a Personal esencial y personas que deban realizar tratamientos médicos.
2- Presentar Certificado Único Habilitante Para Circulación - Emergencia COVID-19.
3- Exhibir DD JJ sobre estado de salud (DJES) de la App de la Provincia de Santa Fe e información del viaje interprovincial.
4- El Personal esencial o personas que deban realizar tratamientos médicos, podrán ingresar al territorio de la provincia por 72Hs. Estarán eximidos de realizar cuarentena, pero no podrán sociabilizar. Se deja expresamente aclarado que en el caso de que la estadía se prolongue por más de 72hs, y previo al reinicio de su actividad, deberán cumplimentar una cuarentena de 14 días.
5- Se autoriza a viajar a toda persona residente, no exceptuada, no esencial, que se encuentre en otra provincia u otro país, y desee regresar a su lugar de residencia. La misma deberá realizar cuarentena obligatoria.
El Poder Ejecutivo de la Provincia da a conocer que mantendrá la evaluación de la actividad en base a los criterios epidemiológicos que determinen las autoridades sanitarias y los factores de riesgo potencial de contagio que la misma implica.

Santiago del Estero

Se presta conformidad para aquellas personas que se encuentren habilitadas por el art. 11 del DNU N° 792/20.
Se establecerá un Protocolo especifico que aplicarán los organismos encargados de coordinar los traslados, donde se les informará toda la parte operativa y los requerimientos específicos para cada empresa que quiera realizar dichos traslados, como así también toda la documentación necesaria y los requisitos con los que deberán contar los usuarios del servicio.
Los pasajeros deberán presentarse de manera obligatoria para solicitar su pasaje con DNI e hisopado negativo de hasta 72 hs. antes avalado por el SIISA (Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina).
Al ingreso a la provincia se realizará un control a los pasajeros de temperatura y olfato, test de diagnóstico rápido, DDJJ que deberá firmar y tener descargada en su teléfono móvil la aplicación provincial CUIDAR SE para el seguimiento de los pasajeros que se hayan trasladado.

Tierra del Fuego

A partir del 1º de noviembre la provincia requiere una constancia de PCR negativo con antelación no mayor a 72 horas o IgG positivo hasta 30 días previos al vuelo.

Tucumán

Los pasajeros que arriben al aeropuerto Benjamín Matienzo deberán:
1- Presentar el Certificado nacional de circulación (CUIDAR)
2- Declaración jurada a los efectos de contar con la trazabilidad del movimiento de los pasajeros arribados.
3- Al arribar, se realizarán estudios clínicos sobre parámetros vinculados a los síntomas compatibles con COVID-19.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

A partir del 8 de diciembre los turistas que arriben a Buenos Aires del interior y países limítrofes deberán realizarse el test.

Esas medidas rigen para:

  • Personas no residentes que permanezcan al menos un día y vengan de más de 150 km.
  • Personas que vivan en la Ciudad pero reingresen luego de 72 horas; todos mayores de 12 años.

Implican una declaración jurada, que podrá completarse online desde la semana que viene en buenosaires.gob.ar/permisoturismo, y la obligatoriedad de realizarse el test en los siguientes lugares:

  • Aeropuerto de Ezeiza, en caso de que el ingreso a CABA sea en avión, al momento del arribo.
  • Terminal Dellepiane, en caso de que el ingreso a CABA sea en colectivo, al momento del arribo.
  • Centros de testeos dispuestos en el Centro de Convenciones y en el Edificio de la Munich (Costanera Sur), para quienes ingresen por otros medios, en las primeras 24 horas desde su arribo.

Para este último grupo se desarrolló un sistema de envío de SMS en el momento que ingresen a la Ciudad que detecta, mediante las antenas telefónicas, aquellos números telefónicos distintos al 011 y que provienen de más de 150 kms. El objetivo es poder informarles respecto de la normativa y contactarlos con Boti, el WhatsApp de la Ciudad, para que conozcan cuál es el punto más cercano donde se realiza la toma de muestra de saliva para el test PCR.

Los test serán cubiertos por las obras sociales y seguros médicos o, en su defecto, por el Gobierno de la Ciudad. Sólo deberán ser costeados por quienes residen en otros países.

Los resultados del test serán informados a las 12 horas. En caso de ser negativo, el resultado será informado a través de canales automáticos como SMS, Boti o correo electrónico; en caso de resultar positivo, será informado por personal de Salud a través de un llamado telefónico para poder transmitir el procedimientos de aislamiento y cuidado necesario.

Quedan a disposición los hoteles de aislamiento de la Ciudad para aquellas personas que no puedan cumplirlo en su domicilio.